Por Diana Sotomayor.
El miércoles 7 de octubre de 2020 se realizó el webinar “Junta política de regulación monetaria y financiera”, presentado por María Luisa Mendoza, especialista en control financiero y magíster en Dirección de Empresas.
El evento fue organizado por la maestría de Negocios Internacionales de la Universidad Casa Grande y el Fondo de Cesantía del Magisterio Ecuatoriano. Su propósito fue explicar el funcionamiento del sistema financiero del país y recalcar la importancia de que la ciudadanía cuente con estos conocimientos.
Mendoza inició su exposición hablando sobre la historia de la Junta De Política De Regulación Monetaria y Financiera. El 24 de julio del 2014, la asamblea nacional aprobó el código orgánico monetario, cuya finalidad era construir un modelo económico en el cual el ser humano prevaleciera sobre el capital. “Una de las principales reformas fue la integración, en un solo órgano, de la regulación monetaria, financiera y de valores; y la separación total de los entes de control”, comentó.
La Junta es responsable de la formulación de las políticas públicas y de la regulación y supervisión monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, de entidades bancarias, de seguros y valores. Está conformada por el ministro titular de Economía y Finanzas Públicas, quien la preside; el ministro de Planificación Nacional del Estado, el ministro del sector de la Producción y el delegado de la Presidencia de la República.
El organismo tiene aproximadamente cincuenta funciones, pero Mendoza se centró en las principales: formulación y dirección de políticas monetarias, crediticias y cambiarias, incluyendo también las de seguros y valores; regulación de las normas y su respectiva aplicación por parte de las entidades financieras; supervisión de la creación y los procesos de constitución de las organizaciones y sus operaciones. Además, la Junta debe conocer los resultados de las acciones que son efectuadas por los entes controladores del sistema.
De acuerdo al artículo 21 del Código Orgánico Monetario Y Financiero, la Junta goza de la potestad de tomar resoluciones que conduzcan a la creación de normas y reformas que serían aplicadas inmediatamente desde su publicación en el Registro Oficial. No requiere de la aprobación de sus decisiones por parte de otros órganos o instituciones del Estado.