Plantear nuevas miradas desde el derecho.

mayo 9, 2023
Comparte este artículo en:

Indira Váscones*

La importancia de saber interpretar los principios y normas de la ley para tomar una decisión que asegure la plenitud de cada ciudadano. Ese fue el enfoque de la conferencia “Derechos y garantías en la Jurisprudencia de la Corte Constitucional”, a cargo de Teresa Núques Martínez, Ph. D. y jueza de la Corte Constitucional del Ecuador; realizada por Zoom el 2 de junio de 2022. 

Durante la actividad, la Dra. Núques analizó y profundizó los diferentes contenidos de derecho, tanto del país como internacionales, en el aspecto jurídico y político. Ella enfatizó en que la Constitución y los tratados internacionales, en materia de derechos humanos, son la cabeza del ordenamiento judicial de Ecuador. Ambos textos están en el mismo nivel, es decir, ninguno es superior al otro. 

Sin embargo, surge un cuestionamiento de parte de los profesionales del derecho, el cual puede darse durante su ejercicio, aseguró la Dra. Núques. El artículo 424 de la Constitución crea un bloque de constitucionalidad: “Es una idea moderna de derecho, es una corriente global”, señaló. En caso de existir un tema de derechos humanos sobre el que hay que decidir, debemos aplicar el tratado internacional.

Por otro lado, como efecto de haber creado ese bloque, “un juez, funcionario público, un abogado, e incluso un estudiante, se va a preguntar cuál debe aplicar. Esta acción se debe realizar en base a los hechos y, por lo tanto, el artículo 417 tiene la solución, el cual señala algunos principios que van a ser importantes en materia de aplicación de esas normas”, afirmó la jueza. 

Este artículo de la Constitución señala que “los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución. En el caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos, se aplicarán los principios pro ser humano, de no restricción de derechos, de aplicabilidad directa y de cláusula abierta establecidos en la Constitución” (Art. 417).

Bajo la línea de protección de derechos, Ecuador prioriza la protección de las personas de forma individual y colectiva, además de los derechos de la naturaleza, informó la Dra. Núques.

El análisis e interpretación del derecho nos obliga a tener una mirada integral de todo lo que conocemos de esa área; es decir, observar las normas, la jurisprudencia, los instrumentos internacionales, pero de manera conjunta. [I. V.]

*Egresada de la Facultad de Comunicación en Periodismo de la UCG:

Comparte este artículo en:

SOLICITA MÁS INFORMACIÓN:

YA DISPONIBLE VENTANALES 21

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

Un Caso patas arriba.

Un Caso patas arriba.

CASO DE COMUNICACIÓN Adriana Gómez y Andrés Altamirano* Presentamos un resumen de nuestra experiencia de Caso, que...

leer más

SIGUE NUESTRAS REDES

Inicio | Políticas de Privacidad | Contacto y Direcciones

Frente a la puerta 6 del C.C. Albán Borja.
(+593-4) 220-2180 (+593-4) 372-6250.
Guayaquil – Ecuador

Primera universidad de la costa ecuatoriana en convenio con:

 

 

 

MIEMBRO DE: